Italia ha sido siempre la locomotora de Europa en lo que se refiere a trabajo, pero en los últimos años, un poco por las políticas de los gobiernos de turno, otro poco por la globalizacion y la entrada en vigor del Euro, las cosas han ido cambiando de modo importante.
Para comenzar es necesario tomar en consideración, que si se dispone de un titulo, máster en dirección y administración de RRHH o cualquier otro diploma europeo y una edad menor a 25 años, los caminos son amplios y libres de mayores inconvenientes en la mayoría de los casos, pero no es una garantía ya que Italia tiene un alto porcentaje de desocupación, entre los mas altos de Europa, con picos de hasta el 15% sobre todo en las regiones del sur.
También es necesario tomar en cuanta que entre estos desocupados o sub-ocupados, hay muchísimos profesionales y personas con mucha experiencia en distintos sectores, que a pesar de ser italianos a todos los efectos no logran insertarse definitivamente en el mercado laboral.
Desde hace ya unos 4 años, entro en vigencia la ley Biaggi, que cambio radical y al parecer definitivamente el mercado laboral en este país. Básicamente esta ley propone 48 modelos de contrato temporal, en alternativa al contrato a tiempo indeterminado, que existía ampliamente hasta fines del 2002 y que se fue reducido gracias a la citada ley.
Con la creación de las agencias de lavoro temporaneo, que gestionan los contratos con las empresas, una verdadera tercerizacion, estas últimas se ven liberadas de la contratación directa y flexibilizan al máximo el trabajo. Es decir, cuentan con una planta permanente de personal, que son los que fueron asumidos con contratos a tiempo indeterminado antes de la entrada en vigencia de la ley y luego utilizan recursos humanos extras que sirven a regular los aumentos y disminuciones de producción y de trabajo por ende.
La ley preve’ entre otras cosas que los contratos pueden hacerse por periodos mínimos de una jornada que puede ser part-time (4 a 6 hs) o full-time (8 horas) y eventualmente renovados por el tiempo que resulte necesario al empleador. Es una cosa “normal”, ser contratado por jornadas y/o semanas y continuar así por varios meses y en algunos casos años, en modo continuo o con interrupciones temporales, sin que en ningún momento se proponga la asuncion a tiempo indeterminado. Una vez finalizado el contrato, tanto el empleador como el empleado quedan liberados, sin obligaciones, ni indemnizaciones previstas.
Los contratos temporales son comunicados en el día y en el horario que el empleador decide y resta al empleado el dar su disponibilidad. Considerando que en Italia la extra grande mayoría de las empresas trabajan a ciclo continuo, es decir con turnos rotativos y en general de lunes a domingo, pues no es muy fácil para el empleado planificar u organizar su vida personal, ya que puede ser contactado en cualquier momento.
En alternativa a este tipo de contratos, se puede trabajar como libre profesional, es decir en modo autónomo, lo que implica otro tipo de obligaciones y riesgos. A tal fin es necesario inscribirse en la Cámara de Comercio en la categoría a la que se pertenezca, pagar todos los impuestos que establecen las leyes, solicitar las correspondientes autorizaciones, para lo cual es necesario demostrar la capacidad de desarrollar una cierta actividad y otros requisitos específicos, frecuentar cursos pagados e inscribirse en la Agencia de las Entradas, donde viene asignado un numero de Partida Iva o Cuit, que permitirá de registrar todos los movimientos económicos y establecer los contributos que correspondan.
Si no se cuenta con una profesión, pues es necesario asociarse a algún tipo de empresa del rubro de interés a fin de obtener la representación o franquicia.
Por mayor información sobre leyes, requisitos, permisos de permanencia, etc. Podéis visitar el sitio Yo Extranjero. Gracias!

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